La sentencia del Tribunal Supremo español sobre la prohibición del velo islámico mediante ordenanza municipal, resultó ser un asunto resuelto de un modo más sencillo de lo que podría pensarse. El Supremo entiende que no se puede proceder a dicha prohibición, en virtud de la reserva de ley que, como garantía de los derechos fundamentales, otorga el artículo 53 de la Constitución. A lo que se suma la interesante cuestión del título competencial para regular la materia: hace años el Prof. Martín-Retortillo ya se hizo eco de las profundas implicaciones del artículo 149.1.1º de la Constitución española.
Pocos días después, nuevas decisiones judiciales, en esta ocasión provenientes de Francia, parece re-situar o ahondar en el sentido del principio de laicidad en nuestro país vecino. La combinación de los fallos correspondientes a la Sentencia de la Corte de Casación, Sala de los Social, nº 537 (Caisse primaire d’assurance maladie de Seine-Saint-Denis), de 19 de marzo de 2013, y nº 536 (Baby Loup) de la misma fecha, arrojan (a muy grandes rasgos) el resultado siguiente: la eventual colisión del principio de laicidad y el principio de no discriminación se resuelve a favor del principio de laicidad. Por eso, los particulares (no obligados a observar el principio de laicidad cuando no actúan “under the color of the State”, como agentes públicos, etc.) están obligados a respetar la libertad religiosa de alguien en materia de vestuario, allí donde el Estado no viene obligado a ello. ¿Curioso, verdad?
Por último, dejar constancia de que la proximidad del pronunciamiento del Tribunal Supremo norteamericano sobre el matrimonio de personas del mismo sexo está acelerando el debate social y jurídico en torno a la cuestión. Se agita la sociedad civil a ambas orillas del Atlántico, dado que el tema sigue siendo debatido en Francia. No puedo seguir el tema en todos sus detalles, pero de lo que leí esta semana destacaría estos dos artículos: el del catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Stanford Michael W. McConnell para el Wall Street Journal y un comentario crítico al mismo de National Review OnLine.
Felices vacaciones de Semana Santa, Shalom Pésaj desde Sefarad. Música: un pasacalles sefardí.