LÓPEZ-SIDRO LÓPEZ, ÁNGEL, Sonidos sagrados. Ruido y manifestaciones sonoras de
la libertad religiosa, Dykinson, Madrid, 2021, ISBN 978-84-13-77528-9, 220 pp.
La primera vez que me encontré con el sonido como objeto de estudio en el
Derecho eclesiástico fue en 1990 en un artículo de Sonia Fiorentino para Il
Diritto Ecclesiastico (Per una tutela giuridica dal suono delle campane). Desde
entonces raras veces he tenido ocasión de encontrarme con el sonido asociado a
la religión como objeto de estudio del Derecho eclesiástico del Estado, que
entiendo tiene dos principales expresiones de relevancia jurídica: la
contaminación acústica y el patrimonio material e inmaterial de un pueblo o de
una comunidad humana. Este libro ha sido la nueva ocasión de leer y aprender
acerca de este interesante tema.
Tras abordar recientemente el yihadismo en su
libro “Las Sectas de la Yihad. Yihadismo terrorista, derecho y factor religioso”, y sin que todavía haya transcurrido un año de aquella
publicación, el profesor Ángel López-Sidro, de la Universidad de Jaén, despliega
una vez más su ya demostrada capacidad de rigurosa producción científica
abordando exhaustivamente los sonidos sagrados, en una monografía para la
prestigiosa editorial Dykinson.
Sería por mi parte pretencioso decir que estamos
ante la monografía definitiva porque el campo de estudio, aun cuando pudiera
parecer limitado, se muestra en continua innovación, cosa a la que ya nos tiene
acostumbrados la mayoría de los temas del Derecho eclesiástico del Estado. Pero
sí que puedo afirmar que el libro que recensiono es un excelente trabajo.
El
autor ha seguido la estela de algunas investigaciones previas a cargo de, entre
otros cultivadores, Castro Jover, Gas Aixendri, Martí Sánchez, Moreno Antón, o
Pérez-Madrid, que aquí y allá han advertido acerca de la importancia de
cuestiones relacionadas con este libro: urbanismo y espacio público,
contaminación acústica, lugares de culto, etcétera. Las novedades que aporta
esta monografía a esas importantes investigaciones previas son muchas, pero
podríamos sintetizar algunas a continuación. Primero, desde el punto de vista
conceptual, sustraer progresivamente el sonido del ámbito del ruido, de la
contaminación acústica como marco jurídico formal y de la tradición como
justificación genérica, para incardinarlo como elemento asociado al culto y, por
ello, a la libertad religiosa. Segundo, integrar con extrema agilidad la
normativa multinivel implicada en el objeto de estudio, integrada por el Derecho
comunitario, el Derecho estatal, las normas autonómicas y las de los entes
locales. Tercero, ampliar el estudio al sonido religioso de confesiones distinta
de la católica, con una atención particular al islam, así como a las confesiones
evangélicas asociadas al pentecostalismo. Cuarto, integrar en la investigación
los sonidos asociados a lugares de culto no derivados de actividades cultuales,
como los relojes de las torres de las iglesias. Y, en quinto lugar, analizar los
sonidos que interfieren en el normal desarrollo de actos de culto. Todo este
recorrido, que ocupa hasta cinco capítulos, reúne también las decisiones de los
tribunales y juzgados españoles relacionadas con las materias de estudio, así
como la oportuna noticia de los problemas suscitados y soluciones aportadas en
países como Alemania, Francia, Suiza, Italia, Países Bajos, Reino Unido, Estados
Unidos, Israel o países del mundo islámico.
Para poder abordar de forma
contextualizada e inteligible cada uno de los elementos de estudio, se requería
exponer el Derecho, ritos y normas cultuales de las confesiones religiosas
relativas a la emisión de sonidos (campanas, llamadas a la oración, etc.) La
monografía cumple con este elemento informativo de forma más que satisfactoria,
al recorrer la historia y las prácticas cristianas e islámicas, así como los
aportes jurídicos de las confesiones religiosas.
Algunos datos, quizá
colaterales respecto de los elementos básicos que tejen las conclusiones de este
libro, pueden resultar de interés. Por un lado, la constatación de que los
sonidos sagrados, por lo general, resultan pacíficamente aceptados por la
mayoría de la población y, curiosamente, han sido contestados por ciudadanos que
no vivían de forma permanente o habitual cerca de la iglesias o campanarios. Por
otro lado, que los sonidos y construcciones asociadas a los mismos han sido
interpretados por sus detractores no ya como formas de contaminación acústica o
visual, sino como actos de imposición de creencias: en este campo, la así
llamada libertad religiosa negativa propone una ilimitada expansión; y en tal
sentido, el principio de tolerancia alemán (que aparece en varias ocasiones en
el libro) no deja de ser un elemento para cohonestar los intereses en liza. En
fin, lo antiguo parece arropado jurídicamente por la tradición y lo nuevo más
asociado con la libertad religiosa, allí donde la disciplina urbanística ha
tenido desencuentros con nuevos movimientos religiosos de toda índole. Para el
autor, parece más bien necesario un punto de equilibrio intermedio, no aferrado
a la tradición, abierto a la protección de los derechos fundamentales y al
desafío de «abordar la pluralidad religiosa real de una sociedad, a menudo
reprimida por el peso de una costumbre que envuelve no pocos prejuicios» (p.
207).
Cierran la monografía ocho páginas de bibliografía muy variada que avalan
el concienzudo trabajo desplegado. Para cualquier neófito no deja de resultar
sorprendente que un tema tan puntual como es el sonido en el ámbito de lo
religioso pueda llegar a alcanzar tanta extensión como objeto de estudio. Y
ciertamente es sorprendente, de no ser porque hay cultivadores del Derecho
eclesiástico del Estado, como es desde luego el profesor Ángel López-Sidro, que
tienen una rara capacidad de abordar con profundidad cuestiones viejas o nuevas,
puntuales o genéricas, sacando las más brillantes luces de aquello que, quizá
para otros, no dejaba de ser un tema oscuro o menor.
Recensión publicada en "Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado", n. 57 (2021).