viernes, 17 de abril de 2015

matrimonios, woody allen, resorts y falsos ministros de culto

Hace muchos años, en España se contaba un chiste muy malo y breve: "--¿Le parece bien que una pareja de guardias civiles se case? -- Pues me parece bien: si se quieren..." Ahora mismo este chiste carece por completo de sentido por muchas razones. A pesar de la tensión a la que el Estado ha sometido la institución matrimonial, "liberándola" de sus esencias, sin embargo parece que el Derecho estatal quiere controlar a toda costa el matrimonio. Es sorprendente que el derecho a la intimidad ("the right to be let alone" en la versión de Warren y Brandeis) esté pidiendo a gritos que el Estado "se retire" de la vida, de las decisiones, de los gametos de los ciudadanos, cuando simultáneamente se ruega a ese mismo Estado que solemnice "su retirada" con una enorme panoplia de normas jurídicas. En la novísima definición que el Tribunal Constitucional ofreció en 2012 de matrimonio ("comunidad de afecto que genera un vínculo, o sociedad de ayuda mutua entre dos personas que poseen idéntica posición en el seno de esta institución, y que voluntariamente deciden unirse en un proyecto de vida familiar común, prestando su consentimiento respecto de los derechos y deberes que conforman la institución") no faltó la coletilla tipo "aquí mando yo" (es decir: "y manifestándolo expresamente mediante las formalidades establecidas en el ordenamiento").

¿A qué viene todo esto? Muy sencillo: hoy es viernes (¡apacible día de estudio!) y en la carpeta de cosas pendientes de leer en mi gestor bibliográfico le llegó el turno a una curiosísima sentencia: Ponorovskaya v Stecklow, de Mayo de 2014, dictada por el Tribunal Supremo del Condado de Nueva York. La situación que se describe en la sentencia es digna de una comedia de Woody Allen: Anya Poronovskaya es diseñadora de moda y tiene un próspero negocio en Manhattan; Wylie Stecklow es abogado. Son novios desde hace tiempo. Con motivo de un viaje a México para celebrar el año nuevo 2009, quedan prendados de las ruinas mayas de Tulum. Deciden para febrero de 2010 ir a un resort en aquella zona encantadora y celebrar una "boda simbólica", ante unos 100 invitados, oficiada  por el primo del novio, el dentista Dr. Keith Arbeitman quien, desde el año 2003, precisamente para poder celebrar un matrimonio de unos amigos, se "ordenó" ministro de culto de la Universal Life Church pagando una suma de dinero a través de Internet. La boda fue algo que recordaba la ceremonia judía de casamiento. No observaron las exigencias jurídicas del estado de Quintana Roo (donde está ubicado el resort) ni, por supuesto, las del estado de Nueva York. Anya y Wylie viven (para algunos efectos, no precisamente los fiscales) como marido y mujer. Las relaciones de la pareja se deterioran y Anya solicita el divorcio. Wylie se opone a la demanda por una sencilla razón: entiende que no están casados. Anya pide al Tribunal que aplique una vieja norma del Derecho de familia del Estado de Nueva York, conforme a la cual son válidos los matrimonios que no cuenten con el expediente previo si fueran "adecuadamente celebrados" (properly solemnized). El Tribunal falla en contra de Anya porque la boda no cumplía los requisitos legales exigidos. A los ojos del Derecho estatal, en definitiva, aquello no pasó de ser un simpático teatrillo.

La sentencia me sugiere varias cosas: (1) que el Estado post-moderno es un poco hipócrita porque se desentiende de lo que es el matrimonio para preocuparse de las formalidades que lo envuelven, hasta el punto de que éstas podrían suplantar al matrimonio mismo; (2) que el Estado post-moderno está dispuesto a admitir como religión algo que no lo es (para no faltar al principio de neutralidad), pero a la hora de la verdad, cuando le interesa tener la sartén por el mango, no aprueba cualquier religión (desde luego no a los ministros de culto de la Universal Life Church); (3) que algo de razón tienen quienes en Estados Unidos están por la supresión de la licencia o expediente matrimonial previo, precisamente porque si hay que potenciar el derecho a la intimidad como derecho a que nos dejen en paz, nada como sacar el matrimonio del Derecho estatal y remitir los efectos de las uniones (patrimoniales, sobre todo) a formas de regulación alternativas.

Y música para el fin de semana: Nata Di Marzo, de Pizzicato Five.

viernes, 27 de marzo de 2015

documentos internacionales sobre libertad religiosa

De cuando en vez el blog da cuenta de la publicación en la red de trabajos que ayudan a los expertos en libertad religiosa y en Derecho eclesiástico del Estado a seguir la actualidad jurídica y política en torno a estas cuestiones. Traigo hoy en esta entrada dos documentos que me parecen interesantes:

1. "Orientaciones sobre personalidad jurídica de las confesiones religiosas". La Oficina para la instituciones democráticas y los derechos humanos de la OSCE, junto con la Comisión de venecia del Consejo de Europa, han publicado este documento que sistematiza y explica las exigencas jurídicas básicas internacionales sobre el reconocimiento estatal de las confesiones religiosas.

2. "Compilación de textos del Relator de Naciones Unidas". De los informes del Relator de Naciones Unidas para la Libertad religiosa se pueden extraer datos, propuestas y tesis interesantes, desde la amplia experiencia que proporciona la ONU como observatorio internacional. Esta compilación es sistemática, de forma que permite consultar de forma concreta aspectos de la libertad religiosa y de creencias que han sido tratados por dichos informes.

Propuesta de versiones musicales antes de las vacaciones: A Thousand Years, por Sting y por Anna Maria Jopek.

A Thousand Years by Sting on Grooveshark

A Thousand Years by Anna Maria Jopek on Grooveshark

viernes, 20 de marzo de 2015

avances y retrocesos en la protección de la libertad religiosa

    


XV COLOQUIO DEL CONSORCIO LATINOAMERICANO DE LIBERTAD RELIGIOSA 
“Avances y Retrocesos en la Protección Jurídica de la Libertad Religiosa” 
MÉXICO, D. F., 21, 22 y 23 de MAYO de 2015

Más información disponible a través de este vínculo

jueves, 12 de marzo de 2015

título de experto ucm "nulidades y disoluciones matrimoniales"

GalateiaTITULO DE EXPERTO UCM "NULIDADES Y DISOLUCIONES MATRIMONIALES. JURISDICCIÓN ECLESIÁSTICA Y EFICACIA CIVIL"

Un grupo de profesores del Departamento de Derecho Eclesiástico pone en marcha su "Título de Experto UCM sobre nulidades y disoluciones matrimoniales".

Para facilitar información de su contenido se han previsto dos reuniones informativas:
- Martes, 14 de abril de 2015, 13.30 hrs, Departamento de Derecho Eclesiástico del Estado (3ª planta). Facultad de Derecho, UCM. 
- Jueves, 16 de abril de 2015, 15.30 hrs, Departamento de Derecho Eclesiástico del Estado (3ª planta). Facultad de Derecho, UCM.

Información disponible también en la página de Títulos Propios de la UCM.

viernes, 6 de marzo de 2015

fuerzas armadas y factor religioso

S. Cañamares Arribas, M. Domingo Gutiérrez, S. Meseguer Velasco
Fuerzas Armadas y Factor religioso
Editorial Aranzadi, 2015
280 pp.

Esta obra aporta desde una perspectiva jurídica criterios para resolver los interrogantes planteados por el pluralismo religioso en las Fuerzas Armadas. A efectos de proporcionar una visión más completa se analizan cuáles han sido las soluciones implantadas en los otros ejércitos occidentales. El libro proporciona las claves para la gestión del pluralismo religioso en las Fuerzas Armadas españolas. Se caracteriza por la aplicación de una metodología comparada y por su enfoque eminentemente práctico en tanto la obra trata de aportar soluciones a los problemas actuales a que se enfrentan nuestros ejércitos en un tema tan sensible como el religioso, teniendo en cuenta no solo los principios que rigen su actividad sino también el respeto a los principios y valores democráticos a los que sirven.

viernes, 13 de febrero de 2015

la vuelta a las aulas

Visto desde fuera, visto con los ojos del alumno de primer curso, la Complutense sigue siendo la institución solemne, antigua, simbólica. La Universidad de los grandes nombres, la casa de Ortega, García Morente, Federico de Castro o Eduardo García de Enterría. De la Complutense hablaban los padres, los abuelos, los libros... De aquella Universidad de San Bernardo, de la Universidad Central...

De puertas adentro (quizá sea la edad, lo reconozco), el espejismo y la ilusión han desaparecido. La idea romántica de la Universidad Complutense deja paso a despachos congelados, presupuestos fantasma, restricción en el uso de material de todo tipo, pasillos vacíos, estructuras que se caen... A las guerras intestinas, a los rencores disimulados, a los odios africanos, a la burocracia galopante, a las injusticias cometidas bajo el corporativismo invisible, a la pésima aplicación del Proceso de Bolonia, se suman el envejecimiento de los docentes, la inexistencia de relevo generacional, la imposibilidad de generar nada parecido a lo que llamábamos "crear escuela", eso que hicieron conmigo, que hicieron con nosotros. La Complutense se muere en todos los sentidos, se ahoga entre los papeles, las reuniones, las comisiones, los comités, las votaciones para delegados de alumnos, cada año de nuevo, cada año la misma historia que impone el democratismo en la gestión, las mismas ausencias...

La Complutense se muere en cada esquina, aquí y allá, en cada papelera, en cada bache de esa Avenida-Complutense-frontera-imaginaria entre las Ciencias y las Letras, en cada nube, en cada cartel, en cada pintada que pide una revolución pretérita, en cada día que el Campus Virtual deja de funcionar, en cada tweet de un estudiante desilusionado y protestón. La Complutense se muere bajo el gélido frío de la irracionalidad que vino desde Somosaguas al grito de Podemos. La Complutense se muere en los sótanos inconfesables de la Facultad de Medicina. El Alma Mater Cumplutense mira con ojos de muerte a los hijos que nunca llegarán...

Todo eso, un lunes día 9 de febrero.

Y vuelvo a entrar en el aula, nuevo semestre, nuevo curso. Vuelvo a subir a la tarima. Vuelvo a mirar esos rostros desconcertados, tan distintos, tan únicos: cada uno, cada una, una historia irrepetible. Vuelvo otra vez al sublime acto de enseñar, a la gratuidad de compartir, a la magia de pensar por libre, minuto a minuto, paso a paso.

La Universidad no es lo que dicen las leyes, ni los políticos, ni el mercado de trabajo, ni las asociaciones-marioneta. La Universidad somos nosotros: tú y yo. Y estamos aquí. Hemos venido a compartir. El mundo vuelve a comenzar hoy.

Versiones: Eaux de Mars (Stacey Kent) y Water of March (Basia).

viernes, 6 de febrero de 2015

el sentido de la libertad

Francisco J. Contreras, Vicente Bellver, Francisco Carpintero, Elio A. Gallego, Rafael Ramis
El sentido de la libertad
Stella Maris
Barcelona, 2014
400 pp.
ISBN 978-84-16128-32-7

Tuvo la editorial Stella Maris la gentileza de enviarme este libro, El sentido de la libertad, un trabajo de divulgación filosófico-jurídica que cumple con creces el papel de manual sobre los derechos humanos imprescindible para estudiantes (entre los que me encuentro y espero estar siempre) de Derecho. He disfrutado mucho con su lectura.

La nota más destacable del libro es que los autores dan prioridad a la explicación de las líneas de pensamiento, de las justificaciones, de los debates en torno a los derechos humanos. Saben arrancar desde el inicio de la tradición occidental del pensamiento para mostrar las líneas de continuidad y discontinuidad trazadas en la dinámica y en la articulación de los derechos humanos, que ellos conciben como precipitado histórico de la ley natural. A mi modo de ver, la fundamentación de los derechos humanos en la dignidad de la persona (y la justificación de su necesidad) constituye uno de los elementos cruciales del libro, que el lector debe completar con el pensamiento de Spaemann para lograr una perspectiva completa acerca de las profundas raíces que los derechos humanos tienen en la tradición judeo-cristiana.

Rescatan los elementos mejores del liberalismo filosófico y denuncian la transformación de los derechos humanos desde su posición de res extra commercium hasta su deflación actual, que los ha dejado en simple artículo de transacción política e ideológica, cosa que ya denunciara para el ámbito angloamericano, entre otros, M.A. Glendon en su Rights Talk. Las grandes cuestiones teóricas —nunca prescindibles— desembocan en un certero diagnóstico de los problemas actuales, cifrados especialmente en la biotecnología y en el Derecho de familia.

Cuando de derechos humanos —o de derechos fundamentales— se trata, corremos el riesgo de transformar toda reflexión de fondo y forma en una compleja explicación positivista de los mecanismos formales, en un enredado aparataje dogmático que jamás se pregunta por el ser de las cosas, sino que se limita a explicar cómo funcionan. Que además concibe la libertad (advierten también los autores) como punto de llegada y no como punto de partida. Corremos el peligro de convertir a los cultivadores del Derecho en los técnicos de mantenimiento de un ordenamiento jurídico contingente. Y que piensen otros.

Hace años, los estudiantes de Derecho se quejaban de que los estudios jurídicos eran demasiado teóricos. Hoy, los estudiantes se quejan de que todo resulta demasiado práctico, que “no hay tiempo” para reflexionar sobre el sentido de las “cosas del Derecho”. Un estudiante pedía en un mensaje de Twitter a los docentes: “Estimados profesores de la Universidad Complutense de Madrid: No quiero saber cómo aprobar, quiero saber a secas. Gracias.” Aquí encontrarán los insatisfechos un amarre para su deseo de saber.